Burofácil

Desde fuera de España · fianza

Me fui de España y no me devuelven la fianza: ¿cómo la reclamo desde fuera?

Con un burofax que pida la devolución en un plazo, con tu IBAN y lo que harás si no pagan. Es la prueba de que reclamaste y el paso previo a demandar, y suele bastar: muchos propietarios devuelven al recibirlo. Desde fuera lo haces online: 39 € si ya tienes el texto o 59 € si lo redactamos con tus datos, en papel con acuse de recibo.

1 mes
desde la entrega de llaves: la fianza empieza a generar intereses
39 €
tu texto, enviado desde fuera
2.000 €
hasta ahí puedes demandar sin abogado
Ya tengo mi texto, 39 €Redactarlo con mis datos, 59 €

El problema de reclamar desde fuera

Al irte de España la fianza se queda allí y el propietario lo sabe: un email sin respuesta no le obliga a nada, y desde fuera no puedes ir a Correos ni a ningún juzgado sin más. El burofax cambia eso: deja prueba de qué pediste, cuándo y que lo recibió, y desde ese día corre el plazo que le das.

Qué puede quedarse el propietario y qué no

  • Puede descontar rentas o facturas de suministros que dejaste sin pagar, y daños que vayan más allá del desgaste normal del uso. Tiene que justificarlos.
  • No puede quedarse la fianza por pintar, por el desgaste normal ni sin decir por qué.
  • Pasado un mes desde que entregaste las llaves, lo que no haya devuelto genera intereses a tu favor.

Qué tiene que decir la carta

  • Tus datos y los del propietario o la agencia, la dirección del piso y la fecha en que entregaste las llaves.
  • La cantidad de la fianza (y de cualquier garantía adicional que pagaras).
  • Tu IBAN completo para la devolución; fuera de la zona SEPA, añade el SWIFT o BIC.
  • Un plazo para devolverla y lo que harás si no: reclamarla en el juzgado con intereses.
  • Tu email y tu dirección actual, para que te contesten a ti.

Cómo se hace desde fuera

  • Pegas tu texto o subes la carta en PDF o Word, o eliges el caso de fianza y lo redactamos con tus datos.
  • Si no tienes dirección en España, marcas la casilla (+10 €) y sale a tu nombre «c/o Burofácil». Si escribes en tu idioma, sale traducido al español (+20 €).
  • Pagas con tarjeta, Apple Pay o Google Pay y lo enviamos en papel con acuse de recibo. Te avisamos por email de la entrega.

Si no contesta

Hasta 2.000 € puedes demandar sin abogado ni procurador, y para una deuda con documentos (el contrato, el justificante de la fianza) existe el proceso monitorio, que se pide con un formulario. Desde fuera suele compensar que alguien te represente allí, pero con el burofax y el acuse esa persona tiene casi todo hecho.

Lo que dice la ley

  • Pasado un mes desde la entrega de llaves, el saldo de la fianza devenga el interés legal (art. 36.4 LAU). fuente
  • En juicios verbales de hasta 2.000 € no hace falta procurador ni abogado (arts. 23.2.1º y 31.2.1º LEC). fuente
  • La petición inicial del proceso monitorio se puede presentar sin abogado ni procurador (art. 814.2 LEC). fuente
  • Antes de demandar hay que intentar un arreglo; si la otra parte no responde a la propuesta, el intento se da por hecho (LO 1/2025). fuente

Preguntas frecuentes

¿Y si la fianza la tiene la agencia?
Se reclama a quien firmó el contrato contigo como arrendador; si la agencia cobró y gestiona el alquiler, puedes enviarlo a los dos. Cada destinatario es un burofax.
¿Puedo cobrar en una cuenta de fuera de España?
Sí. Pon el IBAN completo; si el banco está fuera de la zona SEPA, añade el código SWIFT o BIC.
¿Necesito dirección en España?
No. Sale a tu nombre con nuestra dirección como remite («c/o Burofácil», +10 €). En la carta van tu dirección y tu email, para que te contesten a ti.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamarla?
Años, no meses, pero cuanto antes mejor: es más fácil probar el estado del piso y la fecha de las llaves con todo reciente.

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Revisado el 2026-11-04.

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