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Burofax · a qué dirección

¿A qué dirección envío el burofax?

A la dirección donde la otra persona vive o trabaja y que tú puedas justificar: la que figura en el contrato, la del piso si vive ahí o, si es una empresa, su domicilio social. Si dudas entre varias, envíalo a todas. Si no sabes ninguna, la ley también admite el medio electrónico que usabais para hablar.

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Qué dice la ley

Para el intento de arreglo que se exige antes de demandar, la Ley Orgánica 1/2025 cuenta la comunicación desde que consta que intentaste hacerla llegar al domicilio personal o al lugar de trabajo que te conste de la otra parte, o al medio electrónico que usabais en vuestra relación (art. 7.1). Es decir: vale la dirección que razonablemente conoces, no hace falta investigar a nadie.

Y si de verdad no conoces ninguna forma de contactar, al presentar la demanda puedes hacer una declaración responsable explicando que no pudiste intentar el acuerdo por desconocer su domicilio o el medio para requerirle (art. 264.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Según a quién se lo mandas

  • Casero particular: la dirección que puso en el contrato de alquiler. Si sabes que vive en otro sitio, envíalo también ahí.
  • Inquilino: la vivienda alquilada, que es su domicilio. Si ya se ha ido, la dirección nueva que te dio o la que conste en el contrato.
  • Empresa, agencia o aseguradora: el domicilio social que aparece en sus facturas, en su web (aviso legal) o en el Registro Mercantil. Si trataste con una oficina o tienda concreta, puedes enviarlo también allí.
  • Autónomo: la dirección de su factura o de su local.
  • Vecino: su vivienda en el mismo edificio.
  • Comunidad de propietarios: el presidente o el administrador, en la dirección que conste para las comunicaciones.

Si dudas entre varias direcciones

Envía un burofax a cada una. Es más barato repetir el envío que descubrir en el juzgado que la dirección no era la buena. Si además conoces su email, un email certificado con el mismo texto refuerza la prueba.

Guarda el porqué de cada dirección: el contrato, una factura, un mensaje donde te la dio. Si luego dice que no vivía allí, tendrás con qué demostrar que era la que conocías.

Errores que conviene evitar

  • Mandarlo solo al piso que ya dejó sabiendo que se mudó.
  • Dirigirlo al comercial o al gestor con el que hablabas en vez de a la empresa.
  • Usar un apartado de correos como única dirección de una persona: es difícil demostrar que era su domicilio.
  • Olvidar el nombre completo o la razón social del destinatario: la dirección sola no basta.

Qué pasa si no lo recoge

Si la dirección es la correcta y consta el intento de entrega, ese intento queda documentado y muchos juzgados lo aceptan. Por eso importa tanto acertar con la dirección, y por eso conviene reforzarlo por otra vía si no lo recoge.

Lo que dice la ley

Preguntas frecuentes

¿Puedo enviar el burofax a un apartado de correos?
Puedes, pero como única dirección de una persona es débil: será difícil demostrar que era su domicilio. Úsalo solo como envío adicional, junto a su casa, su trabajo o la dirección del contrato.
¿Y si no sé dónde vive?
Envíalo a la última dirección que conozcas y a su email o teléfono si os comunicabais así. Si de verdad no tienes ninguna, la ley permite explicarlo en la demanda con una declaración responsable.
¿Tiene que ser la dirección de su DNI?
No. Vale el domicilio donde vive o trabaja y que tú conozcas razonablemente, por ejemplo el del contrato.
¿Puedo mandar el mismo burofax a dos direcciones?
Sí, y es buena idea si dudas. Cada envío certificado se paga aparte; con nosotros, cuéntanoslo antes de pagar y lo preparamos.

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Revisado el 2026-09-14.

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