Burofácil

Desde fuera de España · alquiler

Vivo fuera de España y mi inquilino no paga: ¿cómo le reclamo?

Lo primero es un burofax que le exija pagar lo que debe. No es un trámite de cortesía: si pasan 30 días desde que lo recibe y no ha pagado, ya no podrá parar el desahucio pagando a última hora en el juzgado. Desde fuera lo haces online: te lo redactamos con tus datos por 59 € (o 39 € si ya tienes el texto) y sale en papel con acuse de recibo a la vivienda.

30 días
desde el burofax: ya no puede parar el desahucio pagando
59 €
redactado con tus datos, desde fuera
Día siguiente
si sale antes de las 18:00 de un día laborable
Redactarlo con mis datos, 59 €Ya tengo mi texto, 39 €

Por qué el burofax va antes que nada

En España el inquilino que debe rentas puede, una vez, frenar el desahucio pagando todo lo que debe antes del juicio. La ley le quita esa salida si el propietario le exigió el pago por un medio que deje prueba de que lo recibió, al menos 30 días antes de presentar la demanda, y no pagó. El burofax con acuse de recibo es esa prueba.

Además, antes de casi cualquier demanda civil hay que acreditar que intentaste arreglarlo. Un burofax con una propuesta clara (paga en tal plazo) cumple las dos cosas a la vez.

Qué tiene que decir la carta

  • Tus datos y los del inquilino, y la dirección de la vivienda alquilada.
  • Los meses que debe y la cantidad exacta, mes por mes, con la fecha del contrato.
  • Dónde pagar: tu IBAN completo. Si la cuenta es de fuera de la zona SEPA, añade el código SWIFT o BIC.
  • Un plazo para pagar y lo que harás si no paga: resolver el contrato y pedir en el juzgado el desahucio y las rentas.
  • Cómo contestarte: tu email y tu dirección real, no la del piso. Si pones la del piso, la respuesta le llega a él.

Cómo se hace desde fuera

  • Eliges el caso de impago de alquiler y contestas unas preguntas: tú, el inquilino, la vivienda, los meses y la cantidad.
  • Revisas la carta. Si no tienes dirección en España, marcas la casilla (+10 €) y sale a tu nombre «c/o Burofácil»; tu dirección y tu email van dentro de la carta.
  • Pagas con tarjeta, Apple Pay o Google Pay. No hace falta certificado digital ni ir a ninguna oficina.
  • Lo enviamos en papel con acuse de recibo a la vivienda. Te avisamos por email de la entrega y de cuándo se cumplen los 30 días.

Si el inquilino no recoge el burofax

Si no hay nadie, hay un segundo intento y luego el aviso queda 10 días en la oficina de Correos. Si no lo recoge, te queda la prueba del intento de entrega en la dirección del contrato, que es donde tiene que recibirlo. Guárdala: es lo que vas a enseñar si hay juicio.

Después de los 30 días

Si ha pagado, se acabó. Si no, el desahucio por falta de pago va por un juicio rápido (juicio verbal) en el que puedes pedir a la vez las rentas debidas y las que venzan hasta que deje la vivienda. Para el juicio lo normal es contar con abogado y procurador en España; con el burofax, el acuse y el contrato les ahorras trabajo y a ti tiempo.

Mientras tanto, no cortes suministros ni cambies la cerradura: en España eso puede volverse en tu contra.

Lo que dice la ley

  • No cabe enervar el desahucio si el arrendador requirió de pago al inquilino por un medio que acredite la recepción, al menos 30 días antes de presentar la demanda, y el pago no se hizo antes de presentarla (art. 22.4 LEC). fuente
  • La falta de pago de la renta permite al arrendador resolver el contrato (art. 27.2.a LAU). fuente
  • En el juicio de desahucio por falta de pago se puede acumular la reclamación de las rentas debidas (art. 437.4 LEC). fuente
  • Antes de demandar hay que intentar un arreglo; un burofax con propuesta y plazo sirve para acreditarlo (LO 1/2025). fuente

Preguntas frecuentes

¿Necesito dirección en España para enviarlo?
No. Sale a tu nombre con nuestra dirección como remite («c/o Burofácil», +10 €). Es solo para el sobre: en la carta van tu dirección y tu email, para que te contesten a ti.
¿Puedo escribirlo yo en mi idioma?
Sí. Lo enviamos traducido al español (+20 €), revisas la traducción antes de pagar y te quedas tu original. Ante un juzgado español cuenta la versión en español.
¿Y si el inquilino se niega a recogerlo?
Te queda la prueba del intento de entrega en la dirección del contrato. Rechazarlo o no recogerlo no le libra: el burofax se envió a donde tenía que llegar.
¿Cuánto tarda en llegar?
Si sale antes de las 18:00 de un día laborable, llega al día siguiente. Los 30 días cuentan desde que lo recibe o desde el intento de entrega.

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Revisado el 2026-11-04.

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