Tu situación
Humedades del piso de arriba y el vecino no deja entrar a repararlas
Tu vecino tiene que mantener su piso en buen estado para no dañar a los demás y pagar los daños que cause por descuido (art. 9.1.b de la Ley de Propiedad Horizontal). Negarse a abrir no le libra: cada semana que la fuga sigue, los daños crecen y son suyos. Mándale un burofax que le pida, con fecha y plazo, dejar entrar al fontanero o al perito, y que proponga cómo arreglarlo.

¿Qué es eso del MASC? Desde 2025, antes de demandar a alguien tienes que demostrar que intentaste arreglarlo por las buenas; si no, el juzgado no admite la demanda. La ley lo llama MASC. Un burofax con los cinco requisitos es esa prueba.
Qué obliga al vecino
La ley de comunidades pide a cada propietario conservar su vivienda y sus tuberías sin perjudicar a los demás, y le obliga a pagar los daños que cause (art. 9.1.b LPH). Y tiene que permitir la entrada en su piso para eso mismo y para las reparaciones que necesite el edificio (art. 9.1.c y d LPH).
Si la fuga viene de una bajante o de una tubería general, la reparación es de la comunidad, y entonces es el administrador quien necesita entrar. Por eso conviene avisarle desde el principio.
Prepara la prueba antes de escribir
- Fotos y vídeo de las manchas con fecha, y otra tanda cada semana para que se vea cómo avanzan.
- El informe del fontanero o del perito de tu seguro diciendo de dónde cree que viene el agua.
- Los intentos de entrar: mensajes, notas en el buzón, llamadas del seguro sin respuesta.
- El email al administrador de la comunidad contándolo.
Qué pedirle en el burofax
- Dos o tres fechas y horas concretas para que entren el fontanero o el perito, y que elija una o proponga otra en pocos días.
- Que dé parte a su seguro de hogar: si tiene responsabilidad civil, suele ser su compañía la que paga.
- Que repare el origen de la fuga en un plazo corto, porque el daño aumenta cada día.
- Los daños que ya tienes, con presupuesto, y 30 días para responder a tu propuesta de arreglo: así el burofax te sirve si luego tienes que demandar.
Si sigue sin abrir
No fuerces la entrada ni cortes su agua. Pide al presidente o al administrador que le requiera también, y documenta cada negativa. Si la situación continúa, habrá que pedir al juez que le obligue a reparar y a pagar los daños; si la fuga es grave o afecta a la estructura, consulta con un abogado. Ten presente que la reclamación de daños prescribe en un año desde que los conoces (art. 1968.2 del Código Civil).
El modelo para tu caso
Cópialo y cambia los huecos marcados en amarillo, o pulsa “Con un ejemplo” para verlo relleno.
En [ciudad], a [fecha]. De: [tu nombre], con NIF [tu NIF] y domicilio en [tu domicilio]. A: [nombre del destinatario], con domicilio en [domicilio del destinatario]. Muy Sr./Sra. mío/a: Me dirijo a usted como vecino/a de la vivienda [tu piso] del edificio situado en [dirección de la comunidad], en relación con la vivienda [su piso] de ese mismo edificio, de la que es usted propietario/a u ocupante. Desde el [fecha inicio] sufro humedades y filtraciones de agua que, según todos los indicios, proceden de su vivienda: [hechos]. Para comprobar su origen y repararlo es imprescindible acceder a su vivienda, y hasta hoy no ha sido posible pese a [gestiones previas]. Le recuerdo que el artículo 9.1 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, obliga a cada propietario a mantener en buen estado de conservación su piso e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido, y a permitir la entrada en su piso a esos efectos. El artículo 1902 del Código Civil obliga a reparar el daño causado por culpa o negligencia. Mientras no se permita el acceso y la reparación, los daños seguirán aumentando y serán de su responsabilidad. Como consecuencia, [danos]. Por los daños causados hasta la fecha le reclamo la cantidad de [importe danos] €, sin perjuicio de los que se produzcan mientras la filtración continúe. Por todo ello, le requiero para que, en el plazo de [días] días desde la recepción de esta carta, permita la entrada en su vivienda del técnico que designe mi seguro o de un profesional de su elección para localizar y reparar el origen de la filtración, y para que dé parte a su compañía de seguros si dispone de ella. Con el fin de resolverlo sin acudir a los tribunales, esta comunicación constituye propuesta de negociación a los efectos de los artículos 5 y siguientes de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. Como solución le propongo: [tu propuesta]. Dispone de un plazo de treinta días naturales desde la recepción para aceptarla, formular una alternativa o convenir la apertura de un proceso negociador. Transcurrido ese plazo sin acuerdo, ejercitaré las acciones judiciales que me correspondan para obtener la reparación y el pago de los daños. Doy traslado de esta situación a la administración de la comunidad por si la filtración afectara a elementos comunes. Puede contactar conmigo en [email o teléfono]. Atentamente, [tu nombre]
El ejemplo usa personas y datos inventados.
Lo que dice la ley
- Cada propietario debe mantener su piso e instalaciones en buen estado sin perjudicar a los demás, resarciendo los daños que ocasione por su descuido (art. 9.1.b LPH), y permitir la entrada en su piso para esos fines, para respetar las instalaciones comunes y para las reparaciones que exija el edificio (art. 9.1.a, c y d LPH). fuente
- Quien por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a repararlo (art. 1902 del Código Civil); la acción prescribe en un año desde que el perjudicado lo supo (art. 1968.2). fuente
- Antes de demandar hay que intentar un arreglo y poder probarlo (LO 1/2025): la propuesta con 30 días para responder cumple ese paso. fuente
Preguntas frecuentes
- ¿Puede mi seguro entrar en su casa sin su permiso?
- No. Nadie puede entrar en una vivienda sin permiso de quien vive en ella o sin orden del juez. Tu seguro puede peritar los daños en tu casa y reclamarle después a él o a su compañía.
- ¿Y si la fuga es de una tubería de la comunidad?
- Entonces la reparación corresponde a la comunidad, y el vecino tiene que dejar entrar para hacerla. Avisa al administrador por escrito cuanto antes y mándale copia del burofax.
- El vecino es inquilino y el dueño no contesta, ¿a quién escribo?
- A los dos. El inquilino es quien puede abrir la puerta, y el propietario responde de conservar su vivienda y de los daños que cause (art. 9.1.b LPH). Manda el mismo burofax a la dirección de cada uno.
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Revisado el 2026-09-14.