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Conflicto entre vecino y comunidad de propietarios: qué hacer antes de demandar
Si un vecino y la comunidad tienen un conflicto que no es de cuotas (una filtración, una obra sin permiso, una actividad molesta), antes de demandar hay que intentar arreglarlo y poder probarlo. Firma el vecino afectado o el presidente en nombre de la comunidad. El burofax debe describir el problema, proponer una solución y dar 30 días.

¿Qué es eso del MASC? Desde 2025, antes de demandar a alguien tienes que demostrar que intentaste arreglarlo por las buenas; si no, el juzgado no admite la demanda. La ley lo llama MASC. Un burofax con los cinco requisitos es esa prueba.
Quién firma el burofax
- Si reclama la comunidad, firma el presidente, que la representa (art. 13.3 LPH). Para ir después al juzgado conviene tener un acuerdo de junta que lo autorice.
- Si reclama un vecino, firma él mismo y lo dirige a la comunidad, a la atención del presidente o del administrador.
- Si el problema es entre dos vecinos sin que intervenga la comunidad, puedes usar el modelo general de este caso con el nombre del vecino.
Obras sin permiso y actividades molestas
Ningún propietario puede alterar elementos comunes (fachada, patio, cubierta) sin autorización de la comunidad, ni hacer obras en su piso que dañen la estructura o la seguridad del edificio (art. 7.1 LPH).
Para actividades molestas, insalubres, peligrosas o ilícitas, el art. 7.2 LPH marca los pasos: el presidente, por su cuenta o a petición de un vecino, requiere al infractor para que pare. Si sigue, la junta puede autorizar la demanda de cesación. Ese requerimiento del presidente, hecho por burofax con propuesta y plazo, sirve también como intento de arreglo.
Daños que vienen de elementos comunes
La comunidad tiene que conservar los elementos comunes (art. 10.1 LPH). Si una bajante, la cubierta o una tubería general causa una filtración en tu casa, puedes pedir que la reparen y, si hay daños, reclamar su importe. Quién responde al final depende del origen exacto: por eso conviene un informe técnico o del seguro antes de fijar la cantidad.
Qué proponer
- Una filtración: reparar el origen en un plazo concreto y pagar los daños según presupuesto, o dar parte al seguro de la comunidad.
- Una obra sin permiso: reponer el elemento común a su estado o pedir la autorización en la próxima junta.
- Una actividad molesta: dejar de hacerla desde una fecha o limitarla a un horario.
El modelo para tu caso
Cópialo y cambia los huecos marcados en amarillo, o pulsa “Con un ejemplo” para verlo relleno.
En [ciudad], a [fecha]. De: [tu nombre], con NIF [tu NIF] y domicilio en [tu domicilio]. A: [nombre del destinatario], con domicilio en [domicilio del destinatario]. Muy Sr./Sra. mío/a: Me dirijo a usted en relación con el siguiente problema surgido en el edificio, sometido a la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal: [origen de la deuda], situación que se produce o se detectó el [fecha de origen] y que persiste pese a [gestiones previas]. Esta situación es contraria a las obligaciones que la Ley de Propiedad Horizontal impone, en particular las de su artículo 7 sobre elementos comunes y actividades no permitidas, y las de su artículo 10 sobre conservación de los elementos comunes. Los daños causados hasta la fecha ascienden a [cuantía] €, según la documentación de la que dispongo y que pondré a su disposición. Le requiero para que ponga fin a esta situación y, como intento de negociación directa a los efectos de los artículos 5 y siguientes de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, le propongo la siguiente solución: [tu propuesta]. Dispone de treinta días naturales desde la recepción de este escrito para aceptar la propuesta o plantear otra alternativa concreta. Si en ese plazo no hay respuesta, daré por terminado el intento sin acuerdo y ejercitaré las acciones judiciales que correspondan, incluida, en su caso, la acción de cesación del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal y la reclamación de los daños. Puede contactar conmigo en [email o teléfono]. Atentamente, [tu nombre]
El ejemplo usa personas y datos inventados.
Lo que dice la ley
- Si un ocupante realiza actividades molestas o prohibidas, el presidente le requiere para que cese; si persiste, la junta puede autorizar la demanda de cesación (art. 7.2 LPH). fuente
- La comunidad debe hacer las obras necesarias para conservar los elementos comunes (art. 10.1 LPH). fuente
- El presidente representa a la comunidad en juicio y fuera de él (art. 13.3 LPH). fuente
- Estas demandas exigen antes intentar un arreglo (art. 5 LO 1/2025). Para las cuotas por monitorio también se exige, aunque se discute si basta el requerimiento del art. 21 LPH. fuente
Preguntas frecuentes
- ¿Puede el presidente mandar el burofax sin pasar por la junta?
- Para el requerimiento de cese de una actividad molesta, sí: el art. 7.2 LPH se lo permite por su cuenta. Para demandar después, conviene que la junta lo autorice.
- Tengo una filtración de la cubierta, ¿a quién reclamo?
- A la comunidad, dirigiendo el burofax al presidente o al administrador. Da parte también a tu seguro y al de la comunidad, y guarda fotos e informes.
- ¿Tengo que intentar un acuerdo antes de demandar a la comunidad?
- Sí, en general. Antes de presentar la demanda debes poder probar que propusiste una solución y diste un plazo. Un burofax con eso te sirve si luego demandas.
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Revisado el 2026-09-14.